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  1. Dec 2018
    1. CUESTIÓN DE CONFIANZA

      La cuestión de confianza es un concepto regulado en el artículo 112 de la constitución española, ademas aparece tambien en los artículos 173 y 174 de la cuestion de confianza. Estos artículos vendrían a determinar una serie de características tales como: La cuestión de confianza será pedida por el presidente del gobierno actual, esto se hace cuando el mismo presidente ve que está en unos tiempos dificiles con respecto a su candidatura, es decir, crece la oposición al gobierno actual. El presidente deberá exponer la cuestión de confianza al congreso, pero habiendo hablado anteriormente, con el consejo de ministros. El presidente volverá a pedir esa confianza otorgada en la envestidura y tener el mayor número de apoyos posibles. La cuestión de confianza se someterá a un sufragio por mayoría simple. El presidente deberá obtener mas votos a favor que en contra, si esto no pasase se podría volver a pedir otra cuestión de confianza. Si no se consigue tener esa confianza que el presidente quiere, deberá dimitir. Este procedimiento, del camino de la no confianza, está regulado en el articulo 99, y este vendría a determinar que: el Rey deberá reunirse con los representantes de los partidos políticos con representación parlamentaría y este deberá elegir a un candidato a la presidencia. El nuevo candidato deberá exponer su progama de gobierno al congreso y estos deberan otorgarle su confianza, si no se consigue la confianza requerida, con ninguno de los representantes políticos en el tiempo de dos meses, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.