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  1. Dec 2018
    1. Presentación de lamoción

      La moción de la censura, esta recogido en el artículo 113 CE. Este afirma que iniciarla es necesario que sea propuesta por una décima parte de los Diputados, y habrá que incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.

      La votación será llevada a cabo a los 5 días desde su presentación, siendo los dos primeros para presentar mociones alternativas.

      Por otro lado el reglamento del consejo complementa a la constitución en su artículo 175.2 "La moción deberá ser propuesta, al menos, por la décima parte de los Diputados en escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno que haya aceptado la candidatura".

      En conclusión podemos decir que la presentación moción de censura esta regulada entre otras leyes en el artículo 113 de la CE y 175,176 del reglamento del congreso.